miércoles, diciembre 25, 2024

La Corte Suprema revisa si migrantes pueden permanecer detenidos más de 6 meses

Washington.- La demanda fue entablada por la Unión Americana de Libertades Civiles y tiene como objetivo que migrantes centroamericanos que llegaron en busca de asilo esperen libres la resolución de sus casos.
El Tribunal Supremo de Estados Unidos acordó el lunes revisar una disputa legal sobre si los inmigrantes pueden permanecer detenidos durante más de seis meses por el gobierno.

El fallo también resolverá la duda sobre si los inmigrantes privados de libertad más allá de ese tiempo pueden esperar la resolución de sus casos de deportación en libertad.

La revisión se da en momentos que la Corte Suprema revisa la Acción Ejecutiva migratoria del presidente Barack Obama, beneficio que ampara de la deportación a unos 5 millones de indocumentados que llevan tiempo en el país y carecen de antecedentes criminales.

Los magistrados acordaron evaluar un recurso de apelación presentado por el Departamento de Justicia en octubre de 2015 contra un fallo de la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de San Francisco, que ratificó el dictamen de un tribunal inferior que ordenó celebrar audiencias una vez que el inmigrante cumpla seis meses detenido.
El primer dictamen

En agosto de 2013 Univision Noticias reportó que el juez federal Terry Hatter, de los Angeles, exigió al gobierno garantizar audiencias de fianza automática cuando un inmigrante detenido en proceso de deportación cumpla más de seis meses en una cárcel.

Hatter dijo además que durante las audiencias de fianza se determinará si los indocumentados deben continuar o no en un centro de detención.

El juez Hatter respaldó una medida cautelar dictada por la Novena Corte Federal de Distrito en atención a una demanda colectiva en nombre de cientos de inmigrantes en el sur de California que el gobierno mantenía en prisión por más de seis meses (demanda de acción Rodríguez y Robbins).
El juez federal angelino dictó que todos los inmigrantes en proceso de deportación, cuyos casos se encuentren pendientes y permanezcan detenidos, tienen derecho a una audiencia de fianza a los seis meses. Y planteó que dichas audiencias incluyan protecciones procesales para asegurar que sean justas.

Debido proceso

“El fallo protege el debido proceso”, dijo a Univision.com la abogada Lilia Velásquez, profesora adjunta de la California Western School of Law de San Diego, California. “Pero hay que ser cautelosos, porque no todos los inmigrantes detenidos y que llevan más de seis meses en un centro de detención se beneficiará”, advirtió.

“La Sección 236(c) especifica claramente cuáles son las personas que son elegibles para salir bajo fianza y donde existe o se necesita custodia obligatoria”, indicó.

Velásquez agregó que “hay unja serie de pautas específicas a considerar para saber si una persona tiene derecho a una audiencia de fianza ante un juez de inmigración”.

“Pero el núcleo de esta decisión es el debido proceso. No importa las violaciones que haya cometido un individuo y que lo dejen ahí abandonado durante meses. Tiene derecho a su día en corte, a presentarse ante un juez competente”, apuntó.

La demanda colectiva en contra de la política de detenciones del gobierno fue presentada por Asociación Americana de Libertades Civiles (ACLU, por su sigla en inglés) e incluyó a migrantes detenidos por la Patrulla Fronteriza en la frontera con México cuando intentaban ingresar indocumentados al país.

También incluyó a residentes legales permanentes condenados por diversos delitos.

En su apelación, el departamento de Justicia refutó la decisión de Hatter porque, dijo, expandió dramáticamente el número de migrantes elegibles para la obtención de una fianza.

Abogados de los demandantes señalaron que algunos de sus clientes huyeron de sus países de origen a causa de situaciones de violencia, y aseguraron que quienes tienen delitos no representan un riesgo para sus comunidades si son puestos en libertad.
Procedimiento riguroso

De los requisitos para solicitar una audiencia en corte luego de permanecer más de seis meses detenido, Velásquez dijo que “existe un procedimiento” y que cada caso “tiene que ser revisado por sus propios méritos. No todos se cortan con la misma tijera”.

“Hay una lista de factores que tienen que estudiarse y evaluarse, y determinar que una persona pueda ser puesta en libertad”, indicó.

También dijo que no todos los extranjeros, aunque sean residentes permanentes y estén puestos en proceso de deportación, el fallo de Hatter les favorece. “Si gestionan la audiencia y tienen algún delito, no califican para la fianza”.

Entre ellos, explicó, no califican delitos por drogas o robo y reiteró que no todos los inmigrantes que se encuentran en un centro de detención del servicio de inmigración son elegibles salir bajo fianza.

Caso por caso

Las Cortes de Inmigración toman en cuenta el estado migratorio y el récord criminal del inmigrante detenido o en detención obligatoria, que se aplica por ejemplo a personas que han cometido una felonía agravada, un delito con armas de fuego o un delito con drogas.

Velásquez recomendó que en cada caso los inmigrantes que puedan solicitar una audiencia de fianza y no estén seguros de su situación legal, que consulten con un abogado para que les recomiende la mejor opción.

Advirtió que “cuando se agotan las instancias legales, los indocumentados detenidos entonces pueden ser deportados de Estados Unidos”.

Durante el año fiscal 2011 casi 430 mil inmigrantes sin papeles de estadía legal en Estados Unidos fueron arrestados por agentes migratorios, de ellos unos 2 mil en Los Angeles, según reportes de la Novena Corte de San Francisco.

El fallo de Hatter se dio en momentos que el Congreso debatía una reforma migratoria. El 27 de junio de ese año el Senado aprobó un proyecto bipartidista que incluyó un camino a la ciudadanía para millones de indocumentados que carecen de antecedentes criminales, pero el plan se estancó en la Cámara de Representantes controlada por los republicanos.

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