Ciudad de México.- Un juez federal declaró inconstitucional el cobro de fotomultas establecidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, por considerarlas violatorias de la garantía de audiencia.
El juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió diversos juicios de amparo en los que estableció que un video o una foto no deben generar, automáticamente, una sanción administrativa o penal. “Una foto es solamente un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor a fin de determinar si se debe o no imponer la sanción”.
Reconoció que la finalidad de las fotomultas es legítima y loable porque buscan proteger la integridad de las personas, pero no suficiente.