Washington.- El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos (IRS) publicaron una propuesta regulatoria para restringir y clarificar los requisitos de elegibilidad en la entrega de créditos fiscales reembolsables financiados por los contribuyentes.
A través de un comunicado se conoció que la medida busca dar cumplimiento a las políticas del presidente Donald Trump para asegurar que los beneficios económicos derivados del sistema impositivo queden reservados exclusivamente para ciudadanos estadounidenses y extranjeros en situación migratoria regular calificada.
Destacaron que la iniciativa refuerza la aplicación de la Ley de Responsabilidad Personal y Oportunidad de Reconciliación Laboral de 1996 (PRWORA), tras una determinación jurídica del Departamento de Justicia que concluyó que las porciones reembolsadas de estos créditos constituyen beneficios públicos federales.
Al respecto, el secretario del Tesoro, Scott Bessent, advirtió que la administración pondrá fin a la entrega de fondos gubernamentales a personas no autorizadas, mientras que el director ejecutivo del IRS, Frank J. Bisignano, subrayó la necesidad de proteger la integridad de los recursos de los contribuyentes y destinarlos a las familias trabajadoras que califican por ley.
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Normativa abarca cuatro incentivos fiscales
Por otro lado, detallaron que la normativa propuesta abarca cuatro incentivos fiscales esenciales: el Crédito Tributario por Hijos (Child Tax Credit), el Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC), el Crédito Tributario por Adopción y el Crédito de Oportunidad Americana (AOTC).
De la misma manera, la restricción aplicará únicamente a la porción reembolsable del crédito, es decir, al monto monetario neto que excede la deuda tributaria y que tradicionalmente se entregaba al contribuyente como un cheque de reembolso directo.
En este sentido, explicaron que bajo este nuevo esquema, los contribuyentes deberán declarar bajo pena de perjurio que son ciudadanos, nacionales o extranjeros calificados (como residentes permanentes, asilados o refugiados) en la fecha en que radiquen su declaración de impuestos. Para quienes declaran de manera conjunta en matrimonio, bastará con que al menos uno de los cónyuges cumpla con el estatus migratorio calificado, permitiendo que quienes no cumplan los requisitos sigan usando las deducciones únicamente para compensar sus obligaciones fiscales sin recibir dinero excedente.
Por último, las autoridades tributarias señalaron que las disposiciones entrarán en vigor para los años fiscales que concluyan en o después de la publicación de la regla final.
Además, acotaron que en los próximos días, el Departamento del Tesoro y el IRS abrirán un período formal de comentarios ciudadanos y audiencias públicas para que el sector contable y la opinión pública envíen sus observaciones técnicas antes de la promulgación definitiva del reglamento.
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