Atlanta.- El Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito de Estados Unidos revisó en pleno y confirmó la constitucionalidad de la Ley de Protección de los Niños de Florida.
La resolución judicial determina que la empresa querellante, HM Florida-ORL, LLC (conocida comercialmente como Hamburger Mary’s), presenta escasas probabilidades de éxito en su demanda sustentada en la Primera Enmienda constitucional.
🚨 The Eleventh Circuit, sitting en banc, has upheld Florida's law restricting minors from attending certain adult live performances, ruling Hamburger Mary's is unlikely to succeed in its First Amendment challenge. pic.twitter.com/hIm29Or1b0
— SCOTUS Wire (@scotus_wire) August 4, 2026
La norma en disputa establece como un delito menor de clase A el admitir a sabiendas a un menor de edad a cualquier espectáculo en vivo para adultos en el territorio estatal.
De la misma manera, de acuerdo con el texto legal, las presentaciones restringidas abarcan actos que exhiban desnudez, conducta o excitación sexual, o la exposición de prótesis o imitaciones de genitales y senos.
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Habilitadas las sanciones
La decisión de la corte federal invalida las medidas cautelares previas emitidas por un tribunal de distrito que impedían la aplicación de la legislación impulsada por el Ejecutivo estatal. Con este fallo emitido el 4 de agosto de 2026, las autoridades de Florida quedan completamente habilitadas para aplicar sanciones a los establecimientos comerciales que incumplan las restricciones de acceso a menores.
El juez de circuito Brasher estuvo a cargo de redactar la opinión principal del tribunal, contando con el respaldo del juez presidente William Pryor y otros magistrados integrantes de la sala. Por su parte, un grupo de jueces presentó votos particulares disidentes al considerar que la regulación podría vulnerar garantías de libre expresión.
La querella legal interpuesta por la franquicia de restaurantes buscaba frenar la ley al considerar que las definiciones sobre espectáculos resultaban ambiguas. Sin embargo, la mayoría del tribunal argumentó que el Estado posee un interés legítimo en proteger la integridad de los menores frente a contenidos considerados no aptos para su edad.
Tras esta resolución, los comercios y centros de entretenimiento en Florida deberán ajustar sus controles de acceso e identificación de forma obligatoria. El fallo sienta un precedente significativo para otras jurisdicciones del país que evalúan regulaciones similares sobre eventos y espectáculos públicos dirigidos a público adulto.
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