jueves, octubre 3, 2024

USCIS actualiza las peticiones de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)

Washington, DC.- La United States Citizenship and Immigration Services (USCIS) adjudicó las peticiones de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ) por medio de la actualización en el Manual de Políticas lo que mejorará el proceso de peticiones SIJ.

De este modo, la USCIS tendrá un plazo de 180 días para adjudicar una petición SIJ, solo se aplicará a la petición inicial de algunos solicitantes. Pero no se extiende a la adjudicación de cualquier moción o apelación.

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SIJ es una clasificación de inmigración para los no ciudadanos en Estados Unidos que requieren la protección de un tribunal de menores porque han sido víctimas de abusos, abandono o descuido por parte de sus padres.

USCIS actualiza las guías sobre peticiones de Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)

Los solicitantes pueden pedir una clasificación SIJ usando el Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial.

Así pues, los no ciudadanos con clasificación SIJ pueden ser elegibles para el estatus de residente permanente legal. Esta también se conoce como «Green Card» o Tarjeta Verde.

Según el USCIS, para ser elegible a la clasificación, Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ), las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:

Usted Debe: ¿Cuándo?
Ser menor de 21 años de edad. Solo al momento de presentar su petición SIJ (Formulario I-360).
Vivir actualmente en Estados Unidos. No puede presentar su solicitud desde el extranjero para venir a Estados Unidos en una clasificación SIJ. Tanto al momento de presentar la petición SIJ como al momento en que USCIS tome una decisión sobre su petición.
Ser soltero. Esto significa que usted:

  • Nunca ha estado casado; o
  • Se ha casado anteriormente, pero su matrimonio terminó en anulación, divorcio, o enviudó.
Tanto al momento de presentar su petición SIJ como al momento en que USCIS tome una decisión sobre su petición.
Tiene una orden válida expedida por un tribunal estatal de menores en Estados Unidos que determine que:

  • Usted es dependiente del tribunal, o está bajo custodia de una agencia estatal o un departamento o una persona o entidad designada por el tribunal;
  • Usted no puede reunirse con uno ninguno de sus padres debido a cualquiera de las siguientes situaciones:
    • Abuso;
    • Abandono;
    • Maltrato;
    • Una causa similar bajo la ley estatal; y
    • Regresar a su país de nacionalidad o su última residencia habitual o la de sus padres no resulta en lo mejor para usted.

Aviso: Algunos tribunales de menores solo podrían emitir una orden del tribunal de menores si usted es menor de 18 años de edad.

Tanto al momento en que usted presenta la petición SIJ como al momento en que USCIS toma una decisión sobre su petición.

Excepciones: Usted no necesita estar actualmente bajo la jurisdicción del tribunal de menores que emitió su orden si la jurisdicción del tribunal culminó únicamente debido a que:

  • Usted fue adoptado o colocado bajo custodia permanente; o;
  • Ha sobrepasado la edad límite de jurisdicción del tribunal de menores.
Ser elegible para el consentimiento de USCIS. Esto significa que usted debe haber buscado la orden del tribunal de menores para obtener asistencia contra el abuso, abandono, negligencia o causa similar bajo la ley estatal y no con la intención primordial de obtener un beneficio de inmigración. Al momento en que USCIS tome una decisión sobre su petición.
Tener consentimiento escrito de parte del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) /Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) sobre la jurisdicción del tribunal si:

  • Usted está actualmente en custodia de HHS, Y
  • La orden del tribunal de menores también cambia su estatus o colocación de custodia.
Al momento en que USCIS tome una decisión sobre su petición.

Por favor, vea el sitio web de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados  para instrucciones sobre cómo obtener el consentimiento de HHS.

 

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Finalmente, para consultar si su solicitud está en trámite pueden ir a una Oficina Local de USCIS, aunque también podrá revisar su estatus de su caso en línea. También puede preguntar sobre su caso llamando al 800-375-5283programando una cita.

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Néstor Ramírez
Néstor Ramírez
Redactor Web. Licenciado en Letras en Universidad Central de Venezuela (UCV).
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